Por
Bonaparte Gautreaux Piñeyro
Cada
vez que se produce una reforma de la Constitución escribo sobre el mismo tema ningún partido político, la iglesia Católica,
los empresarios, los gremios de profesionales y los representantes de la
sociedad civil, se refieren a mi justo reclamo de siempre: eliminar la
prescripción de la pena de la legislación constitucional dominicana. Nunca,
ningún legislador, ningún dirigente de partido político alguno, me abordó sobre
el asunto.
La
eliminación de la prescripción de la pena habría permitido el enjuiciamiento de
numerosos criminales que, actuando bajo situación de guerra o fuera de ella,
han cometido asesinatos, robos, saqueos, atropellos, torturas y toda suerte de
violaciones a los principios jurídicos que deben normar la vida de los
ciudadanos con el gobierno y la conducta de los gobiernos con sus ciudadanos.
La
eliminación de la prescripción de la pena tiene alcances insospechados.
Usualmente creemos que la prescripción sólo favorece a los políticos ladrones y
asesinos que huyen cuando las fuerzas armadas y los grupos que los sustentan
les dan la espalda.
Nada
más lejos de la verdad, la prescripción favorece a todos los criminales que
huyen y regresan cuando se cumple el plazo establecido por la Constitución.
Ello incluye a asesinos de mujeres, a ladrones de cuello y corbata y un largo etcétera que debe desaparecer.
En
1968 la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de
los crímenes de lesa humanidad.
La
fundación alemana Frederick Neumann
celebró aquí un seminario sobre la obediencia
militar y planteó dos tipos de situaciones que llamaré: la obediencia
debida y la obediencia consciente.
Allí
repetí lo que he dicho siempre: a una persona sometida a la obediencia no se le
maltrata, se le juzga y se respeta el debido proceso de ley. Puse un ejemplo
que todos conocemos: los militares criollos responden a la obediencia
debida que se produce de manera
vertical, mientras que la evolución humana y militar enseña la obediencia
consciente, en ejercicio de la cual el soldado piensa si la orden que se le
imparte es humana, constitucional y legal.
Las
Fuerzas Armadas Democráticas Constitucionalistas, de 1965, actuaron bajo el
imperio de la obediencia consciente y un mando unificado.
Ahora
que se denuncia, con nombres y apellidos, a militares que combatieron al
inmenso héroe nacional Francisco Alberto Caamaño Deñó, a quien capturaron vivo
y herido y lo fusilaron (Aquí no hay pena de muerte en ningún código) vejaron
su cuerpo exánime, lo ametrallaron cuando yacía muerto donde cayó asesinado,
uno se pregunta: ¿Por qué no se aplican las leyes sobre prisioneros de guerra?
¿Qué falta para que imitemos el buen ejemplo de Argentina y Chile y enjuiciemos
a los asesinos?