Discrepó
de los doctores Hugo Tolentino y Cristóbal Rodríguez quienes plantean que la
ley de reforma tributaria debió ser aprobada por la mayoría de dos
terceras partes.
Dr. Eduardo Jorge Prats, Abogado
Santo Domingo.– La aprobación de reformas
tributarias y el Presupuesto General del Estado no requieren mayoría de dos
terceras partes porque no son leyes orgánicas, sino ordinarias, afirmó el
jurista Eduardo Jorge Prats.
El también dirigente del Partido
Revolucionario Dominicano (PRD) discrepó de los doctores Hugo Tolentino y
Cristóbal Rodríguez quienes plantean que la ley de reforma tributaria debió ser
aprobada por la mayoría de dos terceras partes de los presentes como
establece el artículo 112 de la Constitución de la República.
“Yo disiento de esa opinión porque vamos
al subtítulo relativo al régimen tributario, se refiere únicamente a dos
aspectos: a los principios de la tributación (equidad, igualdad, legalidad) y
al modo cómo los particulares adquieren incentivos fiscales. Son únicamente
esas dos materias de carácter fiscal las que si se van a legislar
necesitarían una aprobación de tipo orgánica”, expresó Jorge Prats.
Dijo que no conoce el texto del recurso
interpuesto ante el Tribunal Constitucional, “pero entendemos que si el recurso
se funda en la violación de la mayoría orgánica, no prosperaría porque esas son
leyes básicamente impositivas y no es posible congelar una materia como ésta”.