jueves, 4 de octubre de 2012

¿QUIEN ACTUA INSITITUCIONAL EN EL PRD?


ESTATUTOS  GENERALES DEL  PRD.

De la Comisión Política del PRD.
Artículo 34. La Comisión  Política se reunirá ordinariamente cada siete (7) días y extraordinariamente  cuantas veces la convoquen  el (la) Presidente del Partido, el (la) Secretario (a)  General  o  la tercera parte de  sus miembros (as).


La matrícula de la Comisión Política del PRD depositada por MVM en la Junta Central Electoral el 18 de mayo del 2012 son 254 miembros (as), de los cuales  14 han dejado de ser por renuncia, apoyo a otros partidos  o muertes.  La tercera  parte de su matricula son 80 miembros (as). Es decir la misma puede ser convocada por esos 80 miembros mínimos.

Nota : Como se puede observar, el Presidente del PRD, designado  por Leonel,  dice que  es  institucionalista, sin embargo, no convoca al organismo que estatutariamente norma su actuación como tal, según los estatutos del partido actúa bajo la ilegalidad.

También es importante notar que los propios estatutos dicen que, igual que el presidente “el Secretario General o la Tercera parte de sus miembros pueden convocar dicho organismo. Para los  Miguelístas  esto es ilegal, más no,  la actuación de Vargas Maldonado  fuera de los estatutos.